Tasaciones Oficiales · Peritaciones Judiciales

con Precios TARIFA PLANA · Precio Único por finca registral a tasar


Desde hace ya más de 10 años, en AKRA TASACIONES nos planteamos unas cuestiones:

¿por qué el precio de tasar un inmueble se establece en función de su valor de tasación?

¿por qué cobrar más por elaborar una tasación cuando el inmueble a estudio es de mayor valor?

Nuestra experiencia y la realidad del acto valorativo nos convenció de que el resultado final de una tasación no tiene ninguna influencia sobre el coste de la misma. Llegando a la conclusión de que:

Se emplea el mismo esfuerzo y por tanto, cuesta lo mismo tasar un inmueble con un valor de tasación inferior a 100.000 euros
que otro inmueble cuyo valor de tasación resultante sea superior a 500.000 euros

La tasación de cualquier tipo de vivienda, cuesta lo mismo siendo del tipo que sean.

Es por eso que desde entonces, en AKRA TASACIONES nos decidimos a aplicar honorarios TARIFA PLANA, tasaciones con un Precio Único por finca registral a valorar.  Tasaciones inmobiliarias y peritaciones judiciales con precios sin tramos ni escalados en tarifa según el resultado o valor final de tasación.
Nuestros honorarios sólo varían en función de parámetros ajenos a la propia valoración como pueda ser el kilometraje/ubicación del bien a valorar o complejidad del método (o conjunto de métodos) empleados para valorar un bien debido a su naturaleza especial.
En AKRA Tasaciones analizamos cada caso y gestionamos la mejor solución.
No sólo asesoramos, gestionamos y elaboramos el trabajo más eficaz, además, acompañamos a nuestr@s clientes durante todo el trámite, brindándoles la mejor atención.
Cuidamos de tod@s nuestr@s clientes.

Tasaciones Oficiales y Peritaciones Judiciales para todo tipo de inmuebles urbanos, viviendas, fincas rústicas, bienes industriales, así como para vehículos, maquinaria, bienes mueble, etc

Contacto sin compromiso – Presupuestos Cerrados

Detalle de tipo de tasaciones oficiales en inmuebles:

  • Tasaciones oficiales de viviendas en general: pisos, apartamentos, dúplex, áticos, loft-estudios, adosados, chalets casas unifamiliares, casas «de pueblo», etc.
  • Inmuebles comerciales: locales, oficinas, despachos, centros comerciales, hosteleros, gasolineras, clínicas, etc.
  • Industriales: naves y terrenos industriales.
  • Multi-residenciales: edificios y urbanizaciones de viviendas.
  • Inmuebles nivel I: terrenos, parcelas y solares urbanos.
  • Rústicos: terrenos no urbanizables y fincas agrícolas, ganaderas o forestales.
  • Inmuebles fabriles: fábricas en general, canteras, etc.
  • Públicos: municipales, autonómicos y estatales.
  • Inmuebles deportivos: estadios, campos de golf, polideportivos, etc.
Cada tipo de inmueble con su método de valoración específico según orden ministerial sobre normas de valoración de bienes inmuebles y determinados derechos para ciertas finalidades financieras.
  • Tasaciones inmobiliarias: asesoramiento, compra-venta, alquiler, permuta, etc.
  • Liquidación Gananciales, separación-divorcio, liquidación sociedades.
  • Herencias, Sucesiones y Donaciones. Partición Patrimonial.
  • Tasación Pericial Contradictoria válidas frente Hacienda, Contribución, Seg.Social, etc.
  • Peritaciones Judiciales de bienes urbanos y rústicos.
  • Tasaciones de bienes mueble, contenidos y maquinaria; Tasación de vehículos y Tasaciones de negocio/empresa.
  • Informes testigo del estado de conservación de inmueble en el momento de la adquisición y/o su valor de compraventa, válido frente a posibles paralelas-comprobación de valores por parte de Hacienda u Oficina Liquidadora.
  • Tasación Plusvalías, Contables, Aplazamiento de Impuestos, Justificación Subvenciones, Expropiaciones, etc
  • Para autorización judicial de venta en el caso de personas tuteladas o incapacitadas.
  • Tasaciones Justiprecio
  • Tasaciones de Bienes Mueble: para la valoración de contenidos, tasando bienes mueble o mobiliario, tanto de uso residencial como industrial-empresas.
  • De Vehículos: valoración de todo tipo de vehículos a motor, coches, motos, camiones, autobuses, etc. 
  • Tasaciones de Maquinaria: para la valoración de maquinaria-equipos industriales y vehículos-maquinaría agrícolas. 
  • En Ejecución de Obra: peritaciones por reformas u obras inacabadas o mal terminadas.
  • Tasación de Empresas: determinar el valor económico de un negocio o comercio para su venta, ampliación capital, inversores, fusiones, herencias, etc
  • De Barcos: valoración de embarcaciones de recreo para determinar su valor actual.
  • Peritajes IRD: dictámenes con utilidad judicial en procedimientos relacionados con Seguros y Riesgos Diversos.
– Datos de la persona o sociedad solicitante –
– Copia de la Escritura de Propiedad –
– Referencia Catastral o copia de un recibo del IBI –
– Nota Simple actualizada del Registro de la Propiedad, antigüedad máxima de 3 mes –
– Si está arrendada, sería recomendable, disponer del contrato de alquiler vigente y del último recibo pagado –
– Si soporta alguna explotación económica, fotocopia del Balance y la Cuenta de Explotación de los 3 últimos ejercicios o, en su defecto, de las declaraciones a la Agencia Tributaria –
– Firmar la SOLICITUD DE TASACIÓN o presupuesto aceptado –
De acuerdo con la orden del Ministerio de Economía ECO/805/2003 modificada por EHA/3011/2007 sobre normas de valoración de bienes inmuebles para determinar su valor de mercado o hipotecario, las valoraciones deben realizarse mediante el método que corresponda:
  • COSTE , para toda clase de edificios en proyecto, en construcción, o en rehabilitación.
  • COMPARACIÓN, para toda clase de inmueble urbano, existentes en el mercado inmobiliario de compraventa.
  • ACTUALIZACIÓN DE RENTAS, para toda clase de inmuebles destinados al alquiler.
  • RESIDUAL, para terrenos urbanos o urbanizables.
Y mediante procedimientos adaptados a dicha orden ministerial que se ajustan a las distintas peculiaridades de los inmuebles objeto de valoración, plenamente legales y que son aceptados por los diferentes Juzgados (civil, penal, laboral y mercantil), Agencia Tributaria, Seguridad Social (URE’s), en subastas públicas (embargos), registros públicos, entidades privadas de crédito, Compañías de Seguros, Fondos de Inversión Inmobiliaria, y en general para cualquier institución, profesional, empresari@ y persona que necesiten de tasación/peritación inmobiliaria o simplemente conocer el valor de mercado de su inmueble.
Alicante 100 euros en Alicante capital y l’Alacantí, resto de la provincia 130 euros (más iva)
Murcia 140 euros en Murcia y Cartagena capital; y a consultar en el resto de la Región.
Albacete 150 euros en Albacete capital y a consultar en el resto de la provincia.
Valencia 150 euros en Valencia capital y a consultar en el resto de la provincia.
Madrid 170-180 euros en Madrid capital y a consultar en el resto de la Comunidad.
Toledo 170-180 euros en Toledo capital y a consultar en el resto de la provincia.
Cuenca 160 euros en Cuenca capital y a consultar en el resto de la provincia.
Granada 160 euros en Granada capital y a consultar en el resto de la provincia.
Almería 160 euros en Almería capital y a consultar en el resto de la provincia.
Málaga 180 euros en Málaga capital y a consultar en el resto de la provincia.
Ciudad Real 180 euros en Ciudad Real capital y a consultar en el resto de la provincia.
Teruel 180 euros en Teruel capital y a consultar en el resto de la provincia.
Jaén 190 euros en Jaén capital y a consultar en el resto de la provincia.
Baleares 195 euros en Palma e Ibiza capital.
Otra población y provincia consultar.
A todos los precios habría que sumarle el IVA

En el PRECIO ÚNICO están incluidos:

Desplazamientos, dietas y minuta del tasador-perito judicial, el tiempo empleado en la elaboración, la verificación de los documentos aportados, la visita y las fotografías de cada bien a valorar, la documentación catastral gráfica y descriptiva, la emisión y encuadernación del dictamen a entregar -uno por cada finca registral-
Contactar por teléfono:
692.687.756
(Ángel)
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Contactar por EMAIL:
info@akratasaciones.com
COLEGIADO:
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